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Decreto 199/2003 de 02-09 por el que se crea el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos del País Vasco.

BOPV.Nº 192


Modificado por: Decreto 178/2006, de 26-09-2006, de modificación del Decreto por el que se crea el registro de empresas y establecimientos turísticos del País Vasco. El párrafo 1 del art. 6 queda redactado como sigue: "Art. 6. Composición y contenido del Registro. 1. En el Registro informatizado de empresas y establecimientos turísticos se inscribirán los siguientes datos: a) Datos de identificación del establecimiento turístico (denominación, número de identificación, localización, teléfono, fax, e-mail, página Web...). b) Razón social o denominación de la empresa turística, gerente y representante legal. c) Autorización de actividad y clasificación (grupo, clase, modalidad y categoría) o en su caso notificación de dedicación al tráfico turístico u otra habilitación preceptiva para el ejercicio de la actividad turística, fecha de las mismas y número de plazas del establecimiento. d) Cierre del establecimiento."


Adjuntos

BOPV.Nº 192

Organismo: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Ciudad: PAIS VASCO


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