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Resolución por la que se ordena la publicación de la Circular 08-03-2004 que establece los criterios homogéneos para la aplicación de las disposiciones transitorias primera, segunda y tercera del Real Decreto 842/2002 de 02-08-2002 el cual se establece el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.
BOIB.Nº 43
Modificado por: Resolución por la que se ordena la publicación de la Circular del Director General de Industria de 23-01-2006, por la que se modifica la Circular de 08-03-2004 (BOIB.Nº 52. 08-04-2006), en los siguientes términos: - Suprime el párrafo 3 del punto 2 (Plazo), en virtud del cual se establecía una fecha límite para solicitar la convalidación de los antiguos carnés de instalador de baja tensión por los nuevos certificados de cualificación individual, y los documentos de calificación empresarial por el certificado de instalador autorizado en baja tensión. - De acuerdo con la disposición transitoria 1ª del Real Decreto 842/2002, de 02-08-2002, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, se entiende que la acreditación de experiencia se refiere a la obtención de las modalidades de la categoría especialista, por lo que los titulares de carnés de instalador autorizado de acuerdo con el Real Decreto 2413/1973, y las personas que dispongan del certificado de aptitud expedido por esta Dirección General, podrán optar a la obtención del certificado de cualificación individual en la categoría básica, aunque la solicitud sea posterior al 17-09-2005.
Adjuntos
![]() | BOIB.Nº 43 |
Organismo: CONSEJERIA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y ENERGIA
Ciudad: ILLES BALEARS.
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