Categorías
Real Decreto 1011/2009, de 19-06-2009, por el que se regula la Oficina de Cambios de Suministrador.
BOE.Nº 149
Modifica: - Mediante la D. adicional única, prorroga la aplicación de la D. transitoria 6ª del Real Decreto 661/2007, de 25-05-2007, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial (BOE.Nº 126. 26-05-2007), hasta el 31-10-2009 y, en consecuencia, la fecha de 01-07-2009, establecida en los apartados 2, 3 y 4 de la D. adicional 7ª y en el apartado 2 de la D. transitoria 5ª del Real Decreto 485/2009, de 03-04-2009, por el que se regula la puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector de la energía eléctrica (BOE.Nº 82. 04-04-2009), queda sustituida por la de 01-11-2010. - Mediante la D. final 1ª, añade una nueva D. adicional al Real Decreto 1955/2000, de 01-12, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, publicado en el BOE.Nº 310. 27-12-2000: D. adicional 12ª. Vertidos a la red de energía eléctrica para consumidores que implanten sistemas de ahorro y eficiencia. - Mediante la D. final 2ª, los apartados 2 a 7 del art. 43 del Real Decreto 1434/2002 de 27-12-2002, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural (BOE.Nº 313. 31-12-2009), quedan redactados de nuevo. - Mediante la D. final 3ª, el art. 7 "Sistema de información de puntos de suministro " del Real Decreto 1435/2002 de 27-12, por el que se regulan las condiciones básicas de los contratos de adquisición de energía y de acceso a las redes en baja tensión (BOE.Nº 313. 31-12-2002), queda redactado de nuevo. - Mediante la D. final 4ª, se añade un párrafo al final del apartado 2 del art. 10 del Real Decreto 1578/2008, de 26-09-2008, de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha límite de mantenimiento de la retribución del Real Decreto 661/2007, de 25-05-2007, para dicha tecnología (BOE.Nº 234. 27-09-2008).
Adjuntos
![]() | BOE.Nº 149 |
Organismo: MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
Ciudad: ESPAÑA
<< Volver




